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Masivo aumento de impuestos en Colombia: Petro lanza una reforma tributaria que espanta inversiones

El Presidente colombiano sancionó la reforma tributaria que promete recaudar hasta 20 billones de pesos en su primer año de aplicación. El paquete de medidas genera importantes distorsiones para la inversión y el desarrollo de la iniciativa privada. 

Tras casi dos meses de debate legislativo, el presidente socialista Gustavo Petro finalmente logró sancionar su reforma tributaria. Se trata de una serie de formulaciones que aumentan drásticamente la carga impositiva sobre Colombia, distorsiona incentivos para la inversión privada, y afecta especialmente a los sectores más dinámicos del país.

Los cambios entrarán en vigencia a partir del año fiscal 2023, y solamente en los primeros 12 meses de aplicación el Gobierno espera recaudar una suma de $20 billones, para luego llegar hasta los 50 billones de pesos en el año 2026. 

Los nuevos ingresos tributarios no serán destinados a favorecer la disciplina fiscal y la moderación del déficit, sino que serán destinados a permitir una mayor expansión del gasto público de acuerdo a la agenda socialista del Presidente.



Las claves de la reforma tributaria 

Impuesto al Patrimonio

La reforma introduce un nuevo impuesto al patrimonio sobre personas físicas, con características similares al impuesto de “Bienes Personales” que se aplica en Argentina. Se establece un paquete con tasas progresivas (y distorsivas) que penalizan la acumulación de capital. 

Las personas con un patrimonio superior a los $3.000 millones pagarán una alícuota del 0,5%, a partir de los $5.000 millones se paga un 1%, y para cualquier persona que supere los $10.000 millones la tasa marginal máxima aumenta al 1,5%. Si bien se propone como un impuesto transitorio y con duración por cuatro años, se descuenta que el tributo será prorrogado indefinidamente en la práctica del mismo modo en que ocurrió en Argentina. 

Sobretasas al petróleo y el carbón, regalías y dividendos

El nuevo esquema tributario aprueba un recargo impositivo sobre el impuesto a las ganancias corporativas para sectores específicos, y determina que el pago de impuestos en concepto de regalías ya no pueden ser deducidos del impuesto a los ingresos de personas jurídicas

Las modificaciones afectan principalmente a dos sectores trascendentales para la economía colombiana: la industria petrolera y la producción de carbón. Las estimaciones de la Dirección General de Política Macroeconómica (DGPM) determinan que las empresas petroleras pasarán de abonar una tasa del 30% sobre sus ganancias, a pagar entre el 34% y el 47%

Estos cálculos implican una sobretasa implícita para el petróleo que oscila entre el 5% y hasta el 15%. Para ello se dispuso de un esquema progresivo: desde los US$ 67,3 por barril y hasta US$ 75 por barril, la sobretasa es de 5%. A partir de US$ 75 dólares por barril hasta US$ 82,2, la sobretasa asciende al 10%, y por encima de por encima de 82,2 dólares por barril se aplica un 15%. 

Para el caso de las empresas productoras de carbón la sobretasa fluctúa entre el 5% y el 10%, y también se aplica la no deducibilidad de regalías. En este sentido, los productores de carbón pasarán de tributar una tasa del 36% a pagar entre un 43% y hasta 56%

Asimismo, la reforma de Petro duplica el impuesto general sobre los dividendos del 10% al 20%. Considerando esta disposición, la tasa impositiva efectiva sobre las empresas petroleras ascendería a un máximo de 56% si se distribuyen utilidades a los socios, y hasta 63% para las empresas productoras de carbón. Ambas alícuotas se encuentran entre las más elevadas de América Latina y del mundo. 



Impuesto a las Ganancias para empresas

Por fuera de las aplicaciones especiales sobre los sectores del carbón y el petróleo, la reforma tributaria de Petro también castiga a la totalidad de la iniciativa privada. La tasa marginal sobre las utilidades no distribuidas ya había sido aumentada al 35% en 2022, pero la reforma Petro recorta beneficios y créditos fiscales. 

La aplicación de deducciones y beneficios fiscales hacían que la tasa efectiva para las empresas colombianas fuera del 25,5% en lugar de la tarifa nominal de 35%. La reforma tributaria aumenta la carga efectiva al 29,4% a partir de 2023. 

También se adopta la tasa mínima de tributación del 15% para aquellas empresas que por cualquier razón no estuvieran alcanzadas por las alícuotas generales, en sintonía con el pedido internacional del presidente demócrata Joe Biden.  

Impuestos “saludables”

Se aprobó la introducción de una serie de impuestos internos sobre las bebidas azucaradas, con el fin de distorsionar la demanda de consumo y desalentarlo. Este es uno de los puntos que no estuvo ligado a fines recaudatorios, sino más bien de índole regulatorio.

Las bebidas azucaradas de menos de 4 gramos cada 100 mililitros estarán exentas de pagar el impuesto. Las bebidas que tengan entre 4 y 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros pagarán 18 pesos por cada 100 mililitros. Y para aquellas bebidas que tengan más de 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros, el impuesto de suma fija asciende a los 35 pesos

Los productos ultraprocesados que el Gobierno considera con “exceso de azúcar” tendrán un impuesto ad-valorem del 10% sobre su precio de venta a partir de 2023, 15% para 2024 y 20% en 2025. Este tributo se aplica tanto para los productores locales como para los importadores que comercian con productos extranjeros. 



Impuesto al timbre

Se dispone de la aplicación de un nuevo impuesto de timbre, aplicado sobre las escrituras públicas de enajenación de bienes inmuebles. Se establece un sistema distorsivo de alícuotas marginales, con la misma metodología que otros impuestos.

Las escrituras públicas de inmuebles valuados entre $848 millones y $2.120 millones pagarán una tasa de timbre por el 1,5% de su valor, mientras que todas aquellas que superen estos montos abonarán una tasa del 3%. Cualquier monto por debajo de los 848 millones de pesos colombianos no estará sujeto al pago de este tributo. 

Derogación del “Día sin IVA”

El Presidente colombiano dispuso el fin del programa Dia sin IVA, que había sido lanzado por el exmandatario Iván Duque. Se trata de un esquema que permitía la compra de una serie de productos sin pagar el Impuesto al Valor Agregado del 19%, por una determinada jornada de tiempo.

Este régimen dejará de tener vigencia en Colombia, y se pagará el IVA sin ningún tipo de excepción durante los 365 días del año. 



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